¿Cuál sería el impuesto sucesoral y los efectos que surgen al fallecer alguna persona que no sea residente fiscal en España o Estados Unidos, pero que tengan en ellos propiedades o cuentas de inversión?

El principio general es que la sucesión se abre en el último domicilio del fallecido, pero se causarán los impuestos en cada país donde se existan activos, salvo que se tenga una planificación patrimonial sucesoral.
En Estados Unidos la exclusión para los impuestos federales sobre herencia es de US$ 11.400.000 para ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes. En el caso del no-residente de los EE.UU, la exclusión para los impuestos federales sobre herencia es de sólo US$ 60.000. Adicionalmente, todos los no-residente, ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes disfrutan de una exclusión anual sobre impuestos de donaciones de $15,000.
En España el impuesto a las sucesiones también progresivo dependiendo del parentesco (denominado grupos) y va desde el 7,6% hasta el 34%, siendo que el pariente más próximo paga menos impuestos y el más remoto mayor importe, ello de igual modo para los residente fiscales y no residentes, sólo por el simple hecho de tener bienes en el territorio español.