¿Qué pasa cpn los que ya firmamos en la notaría para la obtención de la Nacinalidad Española por origen Sefardí?

Los que firmaron en Notaria deben esperar a que el Ministerio de Justicia resuelva su petición. Las notarias mandan el procedimiento junto con toda la documentación a la DGRN y desde este organismo emitirán la resolución correspondiente. Debemos tener en cuenta que dada la situación mundial que estamos viviendo se prevé cierta demora en la resolución de los procedimientos, por tanto hacemos nuevamente un llamamiento a la comprensión en la demora de las resoluciones.
No obstante, invitamos a todos nuestros clientes y amigos a que una vez transcurrido un año desde el inicio de la solicitud de la nacionalidad española, sobre la base del art. 21 de la Ley de procedimiento administrativo común ejerzan su derecho de pedir la resolución expresa de la administración. De esta forma ejercitamos nuestro derecho legítimo de exigir una respuesta de la administración y reforzamos nuestra voluntad y seguimiento en el expediente.
Si está interesado en realizar la petición de resolución expresa contacte con nosotros www.sefaruniversal.com