¿Cuál sería el impuesto sucesoral y los efectos que surgen al fallecer alguna persona que no sea residente fiscal en España o Estados Unidos, pero que tengan en ellos propiedades o cuentas de inversión?

El principio general es que la sucesión se abre en el último domicilio del fallecido, pero se causarán los impuestos en cada país donde se existan activos, salvo que se tenga una planificación patrimonial sucesoral.
En Estados Unidos la exclusión para los impuestos federales sobre herencia es de US$ 11.400.000 para ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes. En el caso del no-residente de los EE.UU, la exclusión para los impuestos federales sobre herencia es de sólo US$ 60.000. Adicionalmente, todos los no-residente, ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes disfrutan de una exclusión anual sobre impuestos de donaciones de $15,000.
En España el impuesto a las sucesiones también progresivo dependiendo del parentesco (denominado grupos) y va desde el 7,6% hasta el 34%, siendo que el pariente más próximo paga menos impuestos y el más remoto mayor importe, ello de igual modo para los residente fiscales y no residentes, sólo por el simple hecho de tener bienes en el territorio español.

¿Cuánto tiene que ser el valor de mi propiedad en España para que se me aplique el pago del impuesto al patrimonio?

El monto a pagar por el impuesto al patrimonio en España no es igual en todos los casos y las tarifas las establecen cada una de las comunidades autónomas, las cuales podrán contemplar del 0,2% hasta el 2,5% del valor del patrimonio. Es importante precisar que las comunidades autónomas han establecido un monto base del patrimonio a partir del cual se pagara el impuesto.
A modo general, tenemos que en Madrid se pagará impuesto al patrimonio por una propiedad cuyo valor exceda de 700.000 euros, en Aragón de 400.000 euros, Cataluña y Extremadura de 500.000 euros, respectivamente y en la Comunidad Valenciana de 600.000 euros.

¿Si poseo una propiedad en España, tengo que pagar impuesto al patrimonio?

El pago de este impuesto dependerá del valor de la propiedad que se tenga en España, pues es de carácter personal y directo, por lo que se aplica individualmente y sobre el valor de todos los bienes que se tenga en España.

Si soy calificado contribuyente fiscal en España y Estados Unidos, ¿cuáles impuestos pagaría en cada país?

Si resulta Estados Unidos de América, la persona pagaría el 35% de impuesto sobre la renta en Estados Unidos como persona natural. Si es en España pagaría del 19 al 45%.
El resto de los impuestos son: En estados Unidos el 40% de impuesto sucesoral, si es ciudadano americano o tiene Green Card (residente permanente), siempre que el patrimonio allá este por encima de US$ 11.400.000. Si no es ciudadano o residente americano pagará el 40 % por el patrimonio o bienes que en Estados Unidos que esté por encima de US$ 60.000,00.
En el caso de España, se paga impuesto sucesoral, con alícuotas progresivas dependiendo del parentesco con el fallecido (denominados grupos), las cuales van desde el 7,6% hasta el 34%. También se paga impuesto al patrimonio, cuya alícuota máxima es del 2,5%, dependiendo del valor de la propiedad o patrimonio que se tenga en España y de la ley del lugar donde éste se encuentre ubicado.

¿Con cuáles otros países tiene suscrito España Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal, que me pueda beneficiar?

España tiene firmado convenio para evitar la doble tributación con 89 países, cuales son Albania, Alemania, Andorra, Arabia Saudí, Argelia, Argentina, Armenia, Australia, Austria, Barbados, Bélgica, Bolivia, Bosnia y Herzegovina, Brasil, Bulgaria, Canadá, Chequia, Chile, China, Chipre, Colombia, Corea del Sur, Costa Rica, Croacia, Cuba, Dinamarca, Ecuador, Egipto, Emiratos Árabes Unidos, Eslovaquia, Eslovenia, Estados Unidos, Estonia, Filipinas, Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Holanda, Hungría, India, Indonesia, Irán, Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Jamaica, Japón, Kazajstán, Kuwait, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Macedonia, Malasia, Malta, Marruecos, México, Moldavia, Nigeria, Noruega, Nueva Zelanda, Omán, Países Bajos, Pakistán, Panamá, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Dominicana, Rumanía, Federación Rusa, El Salvador, Senegal, Serbia, Singapur, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Tailandia y Trinidad y Tobago, Túnez, Turquía, Estados de la antigua URSS (excepto Rusia), Uruguay, Uzbekistán, Venezuela y Vietnam.

En caso de ser calificado como contribuyente en España y en Estados Unidos, ¿cuáles impuestos debo pagar en cada país?

En principio hay que saber que Estados Unidos de América y España tienen suscrito convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal, el cual aplica respecto al impuesto sobre la renta y sobre las sociedades, no así respecto al impuesto patrimonio y los impuestos indirectos de cada país. Con función a la aplicación de este convenio se determinará dónde y cuánto se paga o en todo caso cómo proceder (las llamadas, “reglas de desempate”).

¿Cuál es la alícuota o porcentaje del impuesto sobre la renta que paga una persona en España?

En España el impuesto sobre la renta de personas físicas (IRPF), residente permanente o que pase más de 183 días al año, es un impuesto progresivo, lo que significa que el porcentaje a pagar aumenta o disminuye en proporción a los ingresos obtenidos. Estas escalas van de 19% a 45% del ingreso.
Si es no residente se aplica un 19% para los ciudadanos de Islandia, Noruega y cualquier otro país de la Unión Europea y para los ciudadanos no residentes de cualquier otro país del mundo, un tipo impositivo fijo del 24%.

¿Cuáles impuestos se pagan en España?

En España se pagan impuestos directos e indirectos: Los directos los pagan las personas naturales o jurídicas en función de su renta (impuesto a la renta de personas físicas IRPF) o de su patrimonio y los indirectos, se aplican sobre las transacciones económicas (IVA), grabando servicios o bienes de consumo.

¿Una persona puede ser considerada residente fiscal de dos (2) países?

Si, puede ser considerada, por lo cual, debe conocerse la existencia o no de convenios de Doble Imposición (CDI) firmado entre los países de que se trate, caso en el que la situación es diferente y en base a ellos se determinará dónde y cuánto se paga o en todo caso cómo proceder (las llamadas, “reglas de desempate”). Siempre los Convenios de Doble Imposición firmados por los países tendrán prioridad sobre las normativas internas.

¿Cuál es el efecto que conlleva la residencia fiscal?

El efecto inmediato es el estar sometido a los impuestos de ese es país, ya sea declarar y/o pagar el impuesto sobre la renta o presentarle una un balance general de los activos que se tiene (cuentas inversiones muebles etc.) en ese país y en el resto del mundo.

¿Cuál es la diferencia entre ser ciudadano de un país y Residente fiscal?

La Ciudadanía viene dada por los derechos y deberes (sobre todo de índole políticos) que tiene una persona de formar parte de un país y que éste estado lo reconozca como su natural, bien sea por nacimiento o naturalización.
Por su parte el residente fiscal es aquella persona que conforme a las leyes de un país está sujeta a los impuestos establecidos en sus leyes. Así pues una persona puede ser ciudadano de un país y residente fiscal en otro.

¿Cuáles son los criterios para ser considerado residente fiscal en un país?

Son varios los criterios para determinar la residencia fiscal de una persona, pero siempre resulta determinante la noción de permanencia física. De esta manera, se puede ser residente fiscal de un país por el hecho de su domicilio habitual en ese país o por permanecer físicamente en él por más de 183 días al año, ya sean estos de manera continua o no.
También puede considerarse residente fiscal aquel sujeto que tenga el centro de sus intereses económicos o núcleo principal de ingresos en ese país (generar renta) y finalmente, en función a los interés vitales del sujeto, vale decir, aquella persona cuyo cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependan de aquél, vivan habitualmente en ese país o pasen más de 183 días al año en el mismo.

¿Cómo afecta el Estado de Alarma de España la firmar en la notaría?

El actual decreto de alarma 463/2020, establece que durante la vigencia del “Estado de Alarma” los plazos de los procesos administrativos quedaran suspendidos. No habrá prescripciones ni caducidades durante la vigencia del Estado de Alarma.
En este sentido, los notarios haciendo uso del criterio de urgencia y necesidad están permitiendo algunas firmas, no obstante, en cuanto se levante el estado de Alarma y la normalidad vaya imponiéndose las agendas de las notarias irán recobrando su normalidad.
Queremos trasmitir Calma y tranquilidad, las autoridades españolas son conscientes de la imposibilidad de viajar en estos momentos y existen planes para ampliar todos los plazos para que la crisis generada por la crisis humanitaria afecte lo menos posible a los ciudadanos.

¿Cuál es la diferencia entre Estado de Alarma y Estado de Excepción?

En la constitución española se recogen algunas limitaciones de los derechos y libertades constitucionales cuando las circunstancias excepcionales así lo aconsejen, como es el caso actual que vivimos. En la constitución se recogen tres estados de emergencia, siendo el actual “ Estado de Alarma “ el menos restrictivo en cuanto a la limitación de derechos y libertades, luego iría el de excepción y de sitio, siendo este último el más restrictivo y lesivo para el ejercicio de derechos y libertades fundamentales. (Art. 116 C. E.).

¿Qué pasa cpn los que ya firmamos en la notaría para la obtención de la Nacinalidad Española por origen Sefardí?

Los que firmaron en Notaria deben esperar a que el Ministerio de Justicia resuelva su petición. Las notarias mandan el procedimiento junto con toda la documentación a la DGRN y desde este organismo emitirán la resolución correspondiente. Debemos tener en cuenta que dada la situación mundial que estamos viviendo se prevé cierta demora en la resolución de los procedimientos, por tanto hacemos nuevamente un llamamiento a la comprensión en la demora de las resoluciones.
No obstante, invitamos a todos nuestros clientes y amigos a que una vez transcurrido un año desde el inicio de la solicitud de la nacionalidad española, sobre la base del art. 21 de la Ley de procedimiento administrativo común ejerzan su derecho de pedir la resolución expresa de la administración. De esta forma ejercitamos nuestro derecho legítimo de exigir una respuesta de la administración y reforzamos nuestra voluntad y seguimiento en el expediente.
Si está interesado en realizar la petición de resolución expresa contacte con nosotros www.sefaruniversal.com

¿Vale la pena introducir un recurso administrativo si ya ha transcurrido un año desde la firma del acta de notoriedad?

La Ley de Procedimiento administrativo Común (Ley 39/2025, de 1 de octubre), establece en su art. 21 que “La administración está obligada a dictar resolución expresa y a notificarla en todos los procedimientos cualquiera que sea su forma de iniciación.” Este articulo determina el derecho de los administrados para exigir de la administración una respuestas a nuestras pretensiones, en si exigir la resolución expresa no es un recurso, es una petición para que la administración conteste y emita una resolución para poder ejercer la tutela efectiva, esto es, nuestro derechos, según sea el sentido de la resolución.

¿Si pago la fase 1 y no logran demostrar la ascendencia italiana, pierdo el dinero que invertí en la investigación genealógica

En SEFAR UNIVERSAL le hacemos un estudio previo para estudiar la viabilidad de su solicitud. Nuestros genealogistas se basan en indicios suficientes como para considerar su candidatura como óptima, y a partir de ahí usted puede contratar el estudio de genealogía por semanas e ir acreditando su condición de descendiente italiano.
El trabajo de los genealogistas tiene un costo aparejado, sin el cual nunca sería viable que usted aplicara para obtener la nacionalidad italiana.

¿Pueden reconstruir una partida de nacimiento que no aparece en el registro del pueblo donde nació mi bisabuelo?

Si, nuestros abogados en Italia, atendiendo su caso concreto, darán las pautas para ver la viabilidad de la petición. Salvo casos muy complejos, como norma general sí se puede hacer.

¿Cuáles son los nuevos requisitos solicitados desde el 4 de octubre de 2018?

A partir del 4 de octubre de 2018, el Consejo de Ministros Italiano estableció nuevos requisitos para transmitir la ciudadanía italiana por esta vía. Aunque el proceso sigue siendo muy similar a lo que se manejaba hasta entonces, hubo tres cambios importantes.
-Manejo del idioma:
Entre los nuevos requisitos, el cónyuge tiene que demostrar que maneja el idioma italiano. Esto lo hace a través de un certificado B1 o superior. Lo que quiere decir que el interesado puede comunicarse a la perfección en italiano. De esta forma se garantiza que le será más sencillo adaptarse a la cultura italiana.
-El nuevo plazo de espera es de 48 meses:
El tiempo de espera aumentó de 24 a 48 meses. Esto quiere decir que el solicitante debe esperar hasta cuatro años para obtener una respuesta sobre su caso articular. Las autoridades usan ese tiempo para evaluar si los cónyuges cumplen con todos los requisitos.
En este sentido, hubo una modificación que consistió en la eliminación del consentimiento silencioso. Esto ocurría cuando después de los dos años la pareja no recibía respuesta del juez; entonces, la solicitud no podía ser rechazada. Con la nueva reforma, esto puede suceder aunque haya trascurrido los cuatro años.
-Aumento del importe
Por último, el otro cambio significativo es el aumento del importe que debe pagar el interesado al hacer la solicitud. El monto pasó de 200 a 250 euros.

¿Cuál es el trámite que debo hacer para darle la nacionalidad italiana a mi cónyuge?

La adquisición de la ciudadanía por matrimonio se hace a través de un juramento. La persona casada puede solicitar este derecho si tiene 2 años de matrimonio con residencia en Italia o 3 años si está fuera del país. A partir de 2015 las solicitudes de esta Naturaleza deben hacerse al Ministero dell’Interno.
Al llenar la solicitud, se tiene que escribir el nombre y apellido tal como aparece en su partida de nacimiento. Se selecciona la función “gestione demanda” y se completan los requisitos. Para terminar, tome en cuenta que le van a pedir los siguientes documentos:
Partida de nacimiento apostillada y traducida al italiano.
Certificado de antecedentes penales de tu país.
Documento de identidad.
Cancelación del costo por la solicitud.
La solicitud puede ser aceptada, aceptada con moderación o negada. La negación se da por la presencia de antecedentes penales graves o por falsedad en la documentación. Una vez completados estos pasos online, se le avisará al correo la fecha de consignación de los documentos en la embajada de su país.
Si el cónyuge reside en Italia, la petición se hace en su comune de residencia cumpliendo con los requisitos antes mencionados.

¿Pueden todos mis hermanos hacer una sola demanda?

Los hermanos podrían hacer una sola demanda, aunque dada la complejidad del expediente, nuestros abogados en Italia aconsejan, por claridad y agilidad, simplificar las peticiones ante la autoridad judicial para facilitar la comprensión de las filiaciones y propiciar una sentencia favorable dictada por el juez.

En SEFAR UNIVERSAL nuestra fórmula base es un adulto por demanda y dos hijos menores incluidos. Los adultos, aunque sean hermanos, deben ir en demandas separadas salvo casos específicos muy concretos

¿Cuantas personas pueden entrar en el recurso?

Como norma general, un adulto y dos hijos menores. No obstante, atendiendo a la particularidad de cada familia, podríamos observar su caso concreto

¿Si mi ancestro es una mujer, es diferente la demanda judicial?

No, las recientes sentencias del alto tribunal Italiano confirman la discriminación de género si a través de demanda judicial existiese discriminación por descender de una mujer. Actualmente no hay diferencia vía judicial.

¿Puedo solicitar la nacionalidad italiana por vía administrativa?

La ciudadanía italiana puede tramitarse por vía administrativa cuando la ciudadanía se hubiera transmitido por vía materna, si el hijo/a nació después de 1948. Esto significa que la ciudadanía puede tramitarse ante un Consulado. La fecha se debe a que, en 1948, Italia estableció la igualdad de derechos entre hombres y mujeres en su Constitución Nacional. Como todavía esta situación no ha sido subsanada legislativamente, se hace necesario que un Juez establezca que eres italiano/a.

¿Cómo es el proceso para la nacionalidad Italiana?

La república Italiana es uno de los países de Europa que más detalladamente regula la adquisición de la nacionalidad italiana por descendencia. Como norma general cualquier persona, con independencia de su lugar de nacimiento, que pueda acreditar que desciende de italianos de origen y que conservaran su nacionalidad posterior a 1861, podrán instar vía judicial el reconocimiento de su nacionalidad italiana.
En Sefar Universal contamos con los mejores genealogistas e historiadores para fundamentar sus informes filiatorios y así nuestros abogados en Roma puedan instar las correspondientes demandas al estado italiano para el reconocimiento de su nacionalidad reconocida por el “ius sanguini” o derecho de sangre.
Para mayor información diríjase a www.sefaruniversal.com y estaremos encantados de atenderle y planificar su caso.

¿Qué beneficios me concede la nacionalidad portuguesa?

Los propios de cualquier nacionalidad europea. Portugal es miembro de pleno derecho de la UNIÓN EUROPEA, un país admirado y reconocido por su capacidad de gestión, su capacidad de recuperación ante la crisis económica y su alta calidad de vida.

¿Una vez obtenida la nacionalidad, que debo hacer?

Cuando una persona se hace portugués/a debe registrar todos los actos civiles de su vida. Esto no solo le beneficiaría al interesado/a, sino también a las generaciones siguientes.

¿Cuánto tiempo tardaré en obtener la nacionalidad?

Actualmente, el proceso portugués está demorando entre un año y 16 meses. No obstante, la resolución depende del Ministerio.

Somos varios en la familia. ¿Puedo presentar una solicitud única que me incluya a mí y a mis hijos menores de edad?

Las solicitudes en Portugal son individuales.

¿Necesito un abogado para realizar mi solicitud de nacionalidad?

La ley no marca como preceptivo la utilización de abogado, pero sin duda, dada la complejidad de los procesos para obtener un resultado exitoso y evitar inconvenientes innecesarios, es muy aconsejable la utilización de los profesionales expertos en la obtención de la nacionalidad portuguesa.
En SEFAR UNIVERSAL estamos para atenderle.

Una vez obtenido el certificado de prueba de mi origen sefardí ¿qué debo hacer?

Poder de representación (Poder con legitimación de firma).
Acta de nacimiento legalizada con apostilla.
Pasaporte legalizado con apostilla.
Declaración de residencia (otros lugares en los que haya vivido).
Certificados de penales de los países de nacionalidad del solicitante y donde haya residido más de 180 días por año. Los certificados penales, por tener fecha de caducidad, se pueden pedir en último lugar

¿Me entregan el informe genealógico una vez elaborado?

No, el informe genealógico y las correspondientes cadenas probatorias son emitidos y consignados para un fin específico, que es el proceso de solicitud de la nacionalidad. No se entrega al solicitante el informe.

Tengo un certificado que dice que soy descendiente de un judío sefardita, ¿puedo comenzar el proceso con esto?

El certificado por sí mismo carece de validez si no está acompañado de un informe genealógico y las correspondientes pruebas que lo demuestran. En muchos casos, estos certificados que algunas personas poseen no tienen valor más allá de ser un simple souvenir.

Intenté gestionar mi ascendencia sefardí con otros asesores y me dijeron que había sido rechazado porque no tenía ningún ancestro Sefardí. ¿Es posible aplicar aún cuando me hayan rechazado con otro asesor?

Cada genealogista tiene su base de datos y experticia en investigación en áreas concretas. En nuestro caso, nuestro equipo de investigadores se especializa principalmente en genealogías venezolanas. Perfectamente ha podido haber sido rechazado por otro genealogista y nuestro equipo tener las pruebas para demostrar cómo el posible solicitante es descendiente directo y consanguíneo de un judío sefardita de los expulsados o forzados a la conversión al cristianismo tras los edictos de 1492, tal como lo exige la ley para que una persona pueda tener la condición de sefardita originario.

¿Puedo presentar un informe genealógico como prueba de que provengo de sefardíes?

Claro que sí. Sin embargo, le recomendamos que el informe genealógico sea elaborado por nuestros genealogistas, pues conocen bien los requerimientos y formatos exigidos por la Comunidad Judío Portuguesa para su aprobación

¿Puedo presentar mi solicitud si mi apellido se encuentra en alguno de los listados del Decreto de nacionalidad o en otras listas de apellidos sefardíes?

Con independencia de las listas y/o certeza de su condición de descendiente de familias judías sefardíes, es absolutamente necesario tener el certificado por parte de la Comunidad Israelí de Lisboa.

¿Cómo puedo justificar mi origen sefardí ante las comunidades israelitas de Portugal?

Nuestros genealogistas construirán su árbol genealógico con las herramientas profesionales pertinentes y documentos acreditativos de la veracidad de la filiación. Realizaremos el informe preceptivo que solicita en organismo judío portugués para obtener de forma exitosa el certificado.
Tenemos comunicación constante con la CIL (Comunidad Judía Portuguesa) y nuestros genealogistas saben los criterios seguidos por el organismo, lo que garantiza un resultado óptimo en nuestras solicitudes.

¿Qué documentos necesito para iniciar mi solicitud de certificado de origen sefardí?

Poder de representación (Poder con legitimación de firma).
Acta de nacimiento legalizada con apostilla.
Pasaporte.
Documentos filiatorios solicitados por del departamento de genealogía.

¿Cómo inicio mi solicitud de nacionalidad portuguesa?

Muy sencillo, mediante la inscripción en nuestra página web www.sefaruniversal.com, y desde allí le daremos toda la información necesaria para iniciar los trámites siempre que su candidatura sea viable por descender de familias sefardíes

¿Qué diferencias principales existen entre el proceso de solicitud de la nacionalidad española y la portuguesa?

Básicamente dos importantísimos, el que no hay que viajar a Portugal durante el proceso y tampoco es necesario hablar la lengua portuguesa.

¿Qué similitudes existen entre la Ley de nacionalidad española y la portuguesa?

Existen muchas similitudes, la más importante es la acreditación de la condición de descendiente sefardí. Una vez hayamos obtenido el certificado acreditativo de la condición sefardí, certificamos el resto de requisitos para dar trámite al procedimiento. En España debemos firmar ante notario el Acta de Notoriedad, y de ahí el notario envía a la Dirección General del Registro y Notariado. En Portugal, presentamos con nuestros abogados en el Registro Ministerial correspondiente sin necesidad de firma por parte del interesado en la Notaría.

¿Qué plazo tengo para solicitar la nacionalidad portuguesa?

En principio el DECRETO LEY nº 30-A/2015 de la República Portuguesa no establece plazo alguno, pero recientemente hemos tenido conocimiento de un proyecto de Ley sobre las formas de adquirir la nacionalidad portuguesa que va a endurecer las medidas para adquirir el pasaporte.
Es un momento excepcional para que usted inicie el proceso de adquisición de nacionalidad portuguesa por origen sefardí, ya que ahora no se le exige ni vivir en Portugal, ni hablar la lengua portuguesa. Tras la reforma legislativa propuesta, probablemente estas circunstancias no serán ya posibles.
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Creo que mis antepasados eran sefardíes de España. A pesar de ello ¿Puedo seguir solicitando la nacionalidad portuguesa?

Sí, la ley portuguesa hace referencia a los judíos de la península ibérica, lo cual incluye España y Portugal.

En mi familia siempre se ha dicho que tenemos antecesores judíos. ¿Podría solicitar la nacionalidad portuguesa por origen Sefardí?

Sí, el DECRETO LEY nº 30-A/2015 permite obtener la nacionalidad portuguesa a todas las personas que acrediten ser descendientes de familias sefardíes. En SEFAR UNIVERSAL contamos con un extraordinario equipo de genealogistas e historiadores que facilitarán su trabajo de investigación y lograrán conectarlo con su ascendiente judío si, como efectivamente dice, desciende de familias judías.
No dude en encargar su estudio de viabilidad genealógica a través de la inscripción en nuestra página www.sefaruniversal.com. Desde nuestra organización los genealogistas le realizarán un estudio previo para comprobar su viabilidad y, si resulta positiva, iniciar el procedimiento.

¿Cuál es el proceso para tramitar la nacionalidad Portuguesa?

Portugal es un país que sigue dando ejemplo a la Comunidad Internacional por el buen manejo de sus políticas y la flexibilidad para favorecer la adquisición de la nacionalidad o residencia en territorio portugués, beneficiándose el interesado de todas las ventajas de tener un pasaporte europeo.
Todas las personas que puedan acreditar su descendencia de familias judías sefarditas, tendrán la opción a través de Portugal de solicitar la nacionalidad portuguesa, sin necesidad de viajar a Portugal ni acreditar conocimientos de la lengua portuguesa. Nuestro equipo de genealogistas e historiadores tramitarán su solicitud a través de la Comunidad Israelí de Lisboa u Oporto para obtener el certificado que acredite la condición de descendiente judío sefardí, y de esta forma proceder con la solicitud de la nacionalidad ante el Ministerio de Justica Portugués. En esta fase serán nuestros juristas radicados en Lisboa quienes iniciaran la solicitud y el seguimiento de los expedientes de todos nuestros clientes. Mayor profundización en el tema a través de www.sefaruniversal.com

¿Cuánto dura el proceso?

Debemos tener en cuenta que el proceso por Carta de Naturaleza no obedece a los parámetros de la Ley de Procedimiento Administrativo Común. No obstante, podemos afirmar que tiene una duración aproximada de dos años. Desde SEFAR UNIVERSAL nos comprometemos a agilizar, en la medida de lo posible, todos los expedientes que tramitamos realizando seguimiento y haciendo las peticiones de pronta resolución oportunas.

¿Cuánto me va a costar el procedimiento?

En SEFAR UNIVERSAL no queremos que el costo de los procedimientos suponga un obstáculo para la realización de los procesos. Por favor póngase en contacto con nosotros a través de www.sefaruniversal.com y uno de nuestros colaboradores tratará de dar respuesta a sus necesidades.

¿En qué lugar puedo presentar la solicitud de nacionalidad por Carta de Naturaleza?

DOCUMENTACIÓN GENERAL

  • Certificado literal de nacimiento, legalizado o apostillado, y en su caso, traducido.
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen legalizado y traducido (sólo en mayores de 18 años)
  • Certificado de antecedentes penales del Registro Central de Penados en el caso de residentes en España mayores de 18 años.
  • Certificado original de matrimonio, legalizado o apostillado, y en su caso, traducido.
  • Si el cónyuge es español, certificado literal de nacimiento del mismo.
    DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA
  • Documentos acreditativos de la concurrencia de circunstancias excepcionales que se acreditarán por cualquier medio de prueba adecuado admitido en derecho y que el interesado estime oportuno.
  • En el caso concreto de los sefarditas, se requerirá el Certificado de la Federación de Comunidades Judías de España que acredite la condición de sefardí del interesado.
  • Otros documentos que el interesado estime oportunos.

¿Qué documentos deben acompañar a la solicitud de nacionalidad española por Carta de Naturaleza?

Una vez reunidos todos los documentos y realizados los informes personalizados a cada interesado/a por el equipo de historiadores y abogados de SEFAR UNIVERSAL para fundamentar precisamente el carácter excepcional de la solicitud, la misma se dirigirá al Ministerio de Justica en impreso oficial para la respectiva instrucción del expediente, sin necesidad de traslado a España por parte del interesado/a. Esto siempre y cuando durante la tramitación de este procedimiento no surja otra normativa más beneficiosa para el interesado, y que él mismo decida acogerse a un previsible procedimiento más ¨beneficioso¨.

¿Cómo puedo probar mi especial vinculación con España?

La especial vinculación con España se acreditará por los siguientes medios probatorios, valorados en su conjunto: a) Certificados de estudios de historia y cultura españolas expedidos por instituciones oficiales o privadas con reconocimiento oficial. b) Acreditación del conocimiento del idioma ladino o «haketía». c) Inclusión del peticionario o de su ascendencia directa en las listas de familias sefardíes protegidas por España, a las que, en relación con Egipto y Grecia, hace referencia el Decreto-ley de 29 de diciembre de 1948, o de aquellas otras que obtuvieron su naturalización por la vía especial del Real Decreto de 20 de diciembre de 1924. d) Parentesco de consanguinidad del solicitante con una persona de las mencionadas en la letra c) anterior. e) Realización de actividades benéficas, culturales o económicas a favor de personas o instituciones españolas o en territorio español, así como aquellas que se desarrollen en apoyo de instituciones orientadas al estudio, conservación y difusión de la cultura sefardí. f) Cualquier otra circunstancia que demuestre fehacientemente su especial vinculación con España.

¿Quiénes pueden solicitar la nacionalidad española por Carta de Naturaleza?

El interesado por sí mismo, siempre que sea mayor de 18 años o se encuentre emancipado.
El mayor de 14 años asistido por su representante legal.
El representante legal del menor de 14 años.
El incapacitado por sí solo o el representante legal del incapacitado, dependiendo de lo que señale la sentencia de incapacitación.

¿Cuál es el porcentaje de probabilidad que la empresa me da de que me otorguen la nacionalidad española realizando este trámite de Carta de Naturaleza?

Desde SEFAR UNIVERSAL nos comprometemos un 100% con el tratamiento profesional de su expediente, configurando su circunstancia excepcional basada en los vínculos que el interesado pueda demostrar con España. Cuando desde el departamento de genealogía vemos la viabilidad del expediente y nuestros abogados logran acreditar las circunstancias excepcionales (sefardí, ascendientes ilustres de España, víctimas de guerra civil, descendientes de brigadistas y demás vínculos excepcionales que podamos aportar), fundamentamos la solicitud con vinculaciones de peso y acorde con los criterios de concesión de la nacionalidad por CARTA DE NATURALEZA para tener un resultado exitoso. La resolución en última instancia compete al Consejo de Ministros, siendo este organismo colegiado el competente para emitir resolución.

¿Cuántos casos exitosos hay de adquisición de Nacionalidad Española por Carta de Naturaleza?

La discrecionalidad del procedimiento no significa en modo alguno que las resoluciones sean arbitrarias. De las memorias sobre concesión de nacionalidad por Carta de Naturaleza se observa la aprobación de numerosos expedientes cuando se han acreditado oportunamente las circunstancias excepcionales.

¿Posee SEFAR UNIVERSAL alguna referencia estadística para demostrar la efectividad de su gestión ante los órganos y autoridades españolas para la adquisición de la ciudadanía a través de la Carta de Naturaleza?

Respecto al porcentaje de éxito con las cartas de naturaleza, podemos decir que cuando la ley 12/2015 dejó de estar en vigor, en SEFAR nos enfocamos en seguir los procedimientos legítimamente establecidos en la ley, que nos permiten aplicar efectivamente la CARTA DE NATURALEZA. Dicho procedimiento es establecido para adquirir la nacionalidad cuando el solicitante no reside en España. El mismo nunca dejó de estar en vigor, ya que es la única vía legal de acceso para las personas que no pueden aplicar por otro procedimiento y que puedan acreditar su circunstancia excepcional. SEFAR UNIVERSAL ofrece su trayectoria y la experiencia de nuestros abogados para realizar los trámites necesarios que sus clientes requieran para la obtención de su nacionalidad por Carta de Naturaleza.

¿Qué es la nacionalidad española por Carta de Naturaleza?

Es un modo de adquirir la nacionalidad española que viene regulado en el art. 21 del Código Civil. Esta forma de adquisición de la nacionalidad tiene carácter graciable y no se sujeta a las normas generales de procedimiento administrativo. Será otorgada o no discrecionalmente por el Gobierno mediante Real Decreto, tras valorar la concurrencia de circunstancias excepcionales.

¿Cuáles son los procesos para la obtención de la nacionalidad española y que tipo de personas califican?

Los procesos para obtener la nacionalidad española están regulados en el Código Civil y son POR RESIDENCIA, POR OPCIÓN, POR POSESIÓN DE ESTADO Y POR CARTA DE NATURALEZA, todos ellos con casuística diversa. La mejor opción es que las personas interesadas en adquirir la nacionalidad española se pongan en contacto con nosotros explicando la situación personal y familiar que tienen y nosotros, el equipo multidisciplinario de SEFAR UNIVERSAL, estudiaremos la mejor opción.

¿Cuánto tiempo dura la vigencia de la partida de nacimiento apostillada?

La partida de nacimiento tendrá la vigencia que el mismo documento indique, y en el caso que el documento no especifique la vigencia, a los efectos de España tendrá una vigencia de un año contado a partir de la fecha de la expedición del documento, que no es necesariamente la fecha en la que se apostilló.
Dicho documento debe estar vigente para el momento de la firma en la notaría.

¿Cuánto tiempo dura la vigencia de los antecedentes penales apostillados?

Los antecedentes penales tendrán la vigencia que el mismo documento indique, deben ir dirigidos al Ministerio de Justicia del reino España, y en el caso que el documento no especifique la vigencia, a los efectos de España tendrán una vigencia de seis meses, contados a partir de la fecha de la expedición del documento, que no es necesariamente la fecha en la que se apostilló.
Dicho certificado debe estar vigente para el momento de la firma en la notaría.

¿Si adquiero la nacionalidad española por el proceso sefardí, debo renunciar a mi nacionalidad de origen?

De acuerdo con lo previsto en la Ley 12/ 2015, ningún sefardí originario de España perderá su anterior nacionalidad con motivo de la adquisición de la española, sea a través del procedimiento previsto en la mencionada ley o sea a través de cualquier otro procedimiento.
No obstante, dependerá de la legislación del país de origen la pérdida de esta nacionalidad, pues en algunos casos se prevé que la aceptación de una segunda nacionalidad implica la renuncia de la anterior

Mi estado cambió de EN TRAMITACIÓN a REGISTRADO. ¿Qué significa?

Este cambio de nomenclatura obedece a cuestiones internas del Ministerio de Justica. No afecta al interesado en cuanto al sentido de su resolución, desde el Ministerio nos comunicaron que obedece a superación de etapas internas pero que en definitiva sigue pendiente de resolución.

¿Los gastos notariales están inluidos en el costo?

No, los gastos notariales hay que abonarlos aparte.

¿El pago de las tasas está incluido en los costos?

No, el pago de tasas no está incluido en el costo.

¿El viaje a España está incluido en los costos?

No, el viaje a España no está incluido en los costos.

¿Cuándo tengo que pagar las fases?

Cada fase se debe pagar por adelantado, de lo contrario no se pasa a la siguiente fase.

Una vez iniciado el trámite, ¿estaría legal en España?

Aquí existe un vacío legal al respecto, pues la ley no prevé qué es lo que pasa mientras se decide sobre dicha solicitud. Sin embargo, podemos asesorar a la persona interesada sobre las mejores vías para poder lograr una residencia legal.

¿Cuánto tiempo de emitidos deben tener las partidas de nacimiento y los certificados de antecedentes penales?

Las partidas de nacimiento y los antecedentes penales tendrán la validez que se determine en el propio documento, a contar desde la fecha de expedición. Ahora, los antecedentes penales que no tengan determinado plazo de vigencia o caducidad, las autoridades españolas los admitirán siempre que no tengan una antigüedad de más seis meses desde su fecha de expedición, que no es la misma que la de la apostilla.

¿Si me otorgan la nacionalidad española por consecuencia del proceso sefardí, pierdo la nacionalidad Americana?

Si se pierde la nacionalidad americana, pues según la Sección 359 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés), un estadounidense podría verse privado de su ciudadanía cuando obtenga la nacionalidad de otro país de forma voluntaria y por petición propia después de haber cumplido los 18 años de edad. 

Si hago el proceso con un pasaporte de los Estados Unidos, ¿es diferente que si lo hago con el venezolano?

Sí, es diferente, porque se requerirían los documentos apostillados y traducidos. Aparte de eso, habría que presentar el DELE, que es un examen de español en el Instituto Cervantes. Adicionalmente, serían necesarios los antecedentes penales del FBI apostillados y traducidos.

Si he vivido en varios países, pero por menos de cinco años, ¿necesito sacar los antecedentes penales de cada país?

Sí, siempre y cuando la persona haya residido legalmente en esos países en los últimos cinco años.

¿Si tengo otras nacionalidades, tendría que renunciar a alguna de ellas?

No, puesto que lo que hace el estado español es reconocer una situación jurídica que siempre ha existido, es decir, la persona sería originalmente española, no se estaría nacionalizando, sino que siempre lo ha sido.

¿Puedo escoger a un gestor distinto para la tercera fase?

No, puesto que no se entregan al solicitante los informes genealógicos y sus pruebas, indispensables para el proceso.

En el caso de que una persona quiera retirarse del proceso antes de concluir una fase, ¿se le devolvería el dinero que ha pagado?

El dinero que paga una persona en cada FASE es lo que marca el inicio del trabajo en cada caso. Por esta razón, el hecho de que una persona se retire del proceso no quiere decir que el trabajo no se haya realizado. Por lo tanto, no se devolverá el dinero correspondiente a la fase.

¿Qué pasa si no puedo llevar el pasaporte de mi hijo menor de edad?

En ese caso deberá sacar una copia de todas las páginas del pasaporte y compulsarla ante un cónsul español.

¿Los menores de edad están obligados a viajar a España?

No. Ni los menores de edad ni las personas sin capacidad jurídica están obligados a viajar. En estos casos sus padres o representantes podrán firmar por ellos.

¿Los menores de edad tienen que solicitar antecedentes penales?

No, los antecedentes penales solo son para mayores de edad.

¿Qué documentos deben aportarse para los menores de edad?

Deben traer el original del pasaporte y el original de la partida de nacimiento apostillada. Igualmente deberán aportar las notas certificadas o una certificación de la institución educativa donde se encuentren inscritos. Esto también aplica para las personas sin capacidad jurídica. Estas notas certificadas deben ser emitidas en español e ir debidamente apostilladas, en el caso que sean emitidas en otro idioma deberán ir traducidas y compulsadas ante un cónsul español.

Si mi hijo, que es menor de edad, pero mayor de 13, ¿podría solicitar la nacionalidad española una vez que yo tenga la nacionalidad?

Claro, esto es posible, pero es un proceso que tarda entre dos y tres años. Hay que tomar en consideración que el proceso de la nacionalidad por origen sefardita puede tardar en algunos casos hasta dos años. Lo importante es que el menor no vaya a cumplir la mayoría de edad en el proceso, ya que de lo contrario perdería el derecho a la opción. Entonces tendría otros requisitos más complicados y la nacionalidad que adquiriría no sería de origen, con lo cual hay ciertas restricciones dependiendo de cada caso.

A los hijos menores de edad, ¿hay que solicitarles la nacionalidad?

Sí. A cada persona hay que hacerle una solicitud. Para el caso de los hijos menores de 14 años, se pagará sólo la FASE 3

¿Puedo darle un poder a alguien para que vaya a firmar por mí en España?

No, la firma es personalísima y solo el solicitante puede firmar, o su representante legal en los casos de las personas sin capacidad. En casos de fuerza mayor como enfermedad que le impida a la persona viajar, podrá apoderar a un familiar dentro del primer grado de parentesco.

¿Qué documentos debo llevar cuando voy a firmar a España?

Los documentos necesarios varían de un caso a otro. En principio hay unos documentos que son obligatorios para todos los solicitantes, que son partida de nacimiento legalizada y apostillada, certificado de antecedentes penales legalizado y apostillado y pasaporte vigente, que debe ser el mismo con el que se inició el proceso. En caso de que la partida o los antecedentes sean emitidos en un idioma distinto al español, deben ir traducidos y compulsados ante un cónsul español, en cuyo caso no necesitarían la apostilla.

¿En qué parte de España debe realizarse la firma?

La firma en la notaría puede realizarse en cualquier ciudad de España. Sin embargo, nuestro equipo lo gestiona en Sevilla, que es donde tenemos toda la organización necesaria para llevar los trámites a buen fin.

¿Es obligatorio viajar a España?

Sí es necesario para firmar ante el notario.

¿Quién fija la fecha de la firma en España?

El notario establece un rango de fechas dentro de un mes, y Sefar designa un abogado para que acompañe al solicitante a la firma, con lo cual se determina una fecha cierta. La misma se le notificará al solicitante con al menos 15 días de antelación.

¿Cuándo debo viajar a España a firmar?

La fecha la determina el notario, una vez comenzada la tercera fase y cerrado el expediente ante el Ministerio de Justicia. El notario asigna un rango de fecha no superior a un mes, y luego nuestro equipo de abogados determina, de acuerdo con el notario, el día en que la persona debe venir a firmar, el cual se le notifica al solicitante.

¿Cuánto tiempo tarda la firma en España?

Suele tardar entre tres y cuatro meses después de comenzado el trámite.

¿Cuánto tiempo tarda el proceso?

El proceso puede demorar hasta dos años. El gobierno español tiene un lapso de un año para resolver una solicitud después del visto bueno del notario. Después de reconocer la nacionalidad vienen las notificaciones, juramentación, entrega del literal de nacimiento, emisión del pasaporte y DNI.

¿Una vez inscrito en el CCSE, puedo cambiarmen de centro o de fecha?

Sí es posible. Infórmese en la web del Instituto Cervantes.

¿Quiénes presentan el examen del CCSE?

Todos los solicitantes mayores de edad y menores de 70 años.

¿Qué es la prueba de Cervantes?

Los interesados en adquirir la nacionalidad española deben en algunos casos presentar diversas pruebas de vinculación con España, tanto de conocimiento del idioma como de conocimientos constitucionales y de cultura general. Dichas pruebas se realizan en el Instituto Cervantes.

¿Le aplica también a mi cónyugue?

No, en este caso la nacionalidad solo se transmite por consanguinidad. Para los cónyuges es necesario otro análisis genealógico.

Intenté gestionar mi ascendencia sefardí con otros asesores y me dijeron que había sido rechazado porque no tenía ningún ancestro Sefardí. ¿Es posible aplicar aún cuando me hayan rechazado con otro asesor?

Cada genealogista tiene su base de datos y experticia en investigación en áreas concretas. En nuestro caso, nuestro equipo de investigadores se especializa principalmente en genealogías venezolanas. Perfectamente ha podido haber sido rechazado por otro genealogista y nuestro equipo tener las pruebas para demostrar cómo el posible solicitante es descendiente directo y consanguíneo de un judío sefardita de los expulsados o forzados a la conversión al cristianismo tras los edictos de 1492, tal como lo exige la ley para que una persona pueda tener la condición de sefardita originario de España.

A mí me habían dicho que no calificaba para esto

Aquí lo importante es lograr probar que la persona en cuestión desciende de un judío sefardita. Para ello es necesario un análisis de la genealogía de la persona. El hecho de que una persona califique o no, solo quiere decir que el genealogista tiene forma de probar o no tal ascendencia. Pero una vez rechazado por un genealogista, eso no quiere decir que otro genealogista con herramientas distintas no pueda hacerlo.

¿Me entregan el informe genealógico una vez elaborado?

No, el informe genealógico y las correspondientes cadenas probatorias son emitidos y consignados para un fin específico, que es el proceso de solicitud de la nacionalidad. No se entrega al solicitante el informe.

¿Puedo solicitar un análisis genealógico si no conozco alguno de mis tatarabuelos?

Claro, esto es posible. Pero para poder orientar a la persona con la mayor propiedad, mientras más información pueda presentar, más posibilidades de ser elegible para comenzar el trámite.

¿Cuánto tarda la elaboración del árbol genealógico?

La duración de este proceso dependerá de la complejidad de los estudios para determinar la ascendencia Sefardí. Muchos apellidos tienen casuísticas muy determinadas y precisas y se averiguan las filiaciones relativamente pronto. En otros casos, el estudio y la averiguación de los ascendientes requiere de una investigación más profunda para tener plena certeza de la información obtenida y garantizar el éxito de las pretensiones del cliente. El quipo de historiadores y genealogistas de Sefar Universal trabaja con la diligencia precisa en la emisión de los informes pertinentes.

Si varios de mis apellidos aparecen en la lista de los apellidos judíos, ¿tengo más oportunidad?

No. Es necesario probar la consanguinidad con un judío sefardí. Así lo exige la ley. El mero hecho de tener un apellido no implica que la persona en cuestión sea descendiente de un judío sefardita. Las razones por las cuales una persona puede tener un apellido son muy diversas y no siempre es la consanguinidad. Aparte de esto, también hay que considerar que existen muchos apellidos que eran comunes a los tres credos que convivieron en España: el musulmán, el judío y el cristiano. Incluso, mucho más si se trata de apellidos patronímicos como Núñez, Méndez, García y tantos otros, que no implican en ningún caso que la persona sea de origen judío.

Tengo un certificado que dice que soy descendiente de un judío sefardita, ¿puedo comenzar el proceso con esto?

El certificado por sí mismo carece de validez si no está acompañado de un informe genealógico y las correspondientes pruebas que lo demuestran. En muchos casos, estos certificados que algunas personas poseen no tienen valor más allá de ser un simple souvenir.

Si uno logra demostrar la ascendencia de origen Sefardí, ¿puede ser rechazado por el gobierno español?

Sí, pues el reconocimiento de la nacionalidad es discrecional por parte del estado español, pero estimamos que si se prueba todo de conformidad con la ley y la genealogía está bien probada, no deberían rechazar a nadie.

¿Cómo hago el árbol genealógico?

SEFAR UNIVERSAL está integrada por un equipo de profesionales expertos en genealogía e historia, quienes en coordinación con nuestros abogados explorarán sus antepasados, facilitándole a Usted el descubrimiento de sus orígenes ancestrales. Las personas interesadas deberán completar el formulario que se encuentra dispuesto en nuestra página web. www.sefaruniversal.com, suministrando a nuestros profesionales la información mínima necesaria, como por ejemplo la identificación de sus padres y abuelos. Estos datos darán inicio a la aplicación de técnicas de investigación histórica de sus antepasados, tantas generaciones como sean necesarias y pertinentes para demostrar su vinculación con descendientes sefardíes y así dar iniciar al correspondiente procedimiento administrativo de solicitud de nacionalidad europea (España, Portugal e Italia).

¿Es necesario remontarse tantas generaciones hacia atrás?

Sí, puesto que la ley exige que se demuestre que la persona desciende de uno de esos judíos que vivieron en España. Por tanto, es obligatorio remontarse hasta esa fecha de 1492.

¿Qué significa Sefardí?

La palabra sefardí o sefardita refiere a las personas de credo judío que vivieron en la Península Ibérica hasta 1492 y en particular a los descendientes de aquellos que, tras los edictos de ese año, fueron expulsados de España o forzados a la conversión.

¿La nacionalidad venezolana se pierde por optar otra nacionalidad?

No se pierde, pues en Venezuela se admite la doble nacionalidad, es decir, que los venezolanos, sea por nacimiento o por naturalización, puedan tener otra nacionalidad sin perder la venezolana. Este principio, está consagrado en el artículo 34 de la Constitución al prescribir que “la nacionalidad venezolana no se pierde al optar o adquirir otra nacionalidad”.

¿Estados Unidos de América permite la doble nacionalidad?

En los Estados Unidos no existen leyes específicas que mencionen la doble nacionalidad; no obstante, este país no exige que una persona elija entre una nacionalidad u otra.
Si la persona es ciudadano estadounidense y tiene doble nacionalidad, se exige que utilice su pasaporte de Estados Unidos para entrar y salir de ese país.

¿Con cuáles países tiene suscrito España Convenio de Doble Nacionalidad?

La firma de un Convenio de Doble nacionalidad implica que no se debe renunciar a la nacionalidad originaria o anterior, para poder naturalizarte en otro país. Para el caso de España, éste tiene suscrito convenio de doble nacionalidad con: Argentina, Bolivia, Colombia, Costa Rica, Chile, Ecuador, Honduras, Nicaragua, Perú, Paraguay y República Dominicana.

¿Qué es un Convenio de Doble Nacionalidad?

Son tratados internacionales suscritos por dos (2) países a fin de establecer las reglas aplicables a los ciudadanos que posean las dos nacionalidades. En líneas generales la mayoría de los convenios de doble nacionalidad toma el domicilio como punto de referencia, por lo cual los ciudadanos con esta doble condición no estarán sometidos de forma constante a ambas legislaciones, sino sólo a la del país en el que tengan fijado su domicilio. Esto se aplica en asuntos relacionados con el otorgamiento de pasaporte, el ejercicio de los derechos civiles y políticos, los derechos de trabajo y de seguridad social y las obligaciones de carácter militar.

¿Cuándo se tiene doble nacionalidad la persona está sometida a un mismo tiempo a las leyes de los dos países a los que pertenezca?

No, por ello los países profieren medios para “dar preferencia a una de las nacionalidades” a la persona con doble nacionalidad y de este modo contar con un punto de referencia en lo relativo a las relaciones ciudadano-estado. Estos medios se establecen mediante la suscripción de tratados de doble nacionalidad.

¿Cuáles son implicaciones de tener doble nacionalidad?

Las implicaciones serán la existencia de un doble vínculo jurídico, pues las personas con doble nacionalidad serán nacionales de dos países a un tiempo, gozando de la plena condición jurídica de nacionales de ambos Estados.

¿Qué significa tener doble ciudadanía o nacionalidad?

Tener doble ciudadanía o doble nacionalidad significa que una persona puede ser ciudadano de dos países al mismo tiempo.

¿Qué es la nacionalidad?

La nacionalidad es el estado al que pertenece una persona que ha nacido en un país o nación determinada o ha sido naturalizada en éste.

¿Cuáles son los servicios de Sefar Universal?

La cartera de servicios de SEFAR UNIVERSAL es muy amplia. La Nacionalidad y extranjería nos permiten tocar temas transversales directamente relacionados con las cuestiones migratorias. Fiscalidad, Inmobiliario, temas civiles, Patrimonial y un largo etc. La mejor opción es visualizar nuestra página web www.sefaruniversal.com